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QUIEN NOMBRA EL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO DEL COMITÉ?
El presidente lo designara el empleador, escogiéndolo de los representantes que el nombra. El comité en pleno elegirá al secretario, de los que conforman el Comité Paritario de Salud Ocupacional.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COPASO
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Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz.
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Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de reunión
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Notificar por escrito a los miembros del comité sobre convocatoria a las reuniones por lo menos una vez al mes.
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Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión.
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Tramitar ante la administración de la empresa las recomendaciones aprobadas
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Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del comité e informar a los trabajadores de la empresa acerca de las actividades del mismo.
QUIEN CITA A LAS REUNIONES Y CON QUE FRECUENCIA?
Serán citados por el presidente del comité, los miembros principales y en ausencia de los suplentes. El comité se reunirá en forma ordinaria, mínimo, una vez al mes, en un sitio determinado de la empresa y durante el horario de trabajo. En forma extraordinaria cuando ocurra un accidente de trabajo y con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o se determino el riesgo.
FUNCIONES DEL SECRETARIO
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Verificar la asistencia de los miembros.
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Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta y someterla a aprobación y discusión del Comité.
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Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar información que requieran el empleador y los trabajadores.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
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Designar al presidente del comité.
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Designar sus representantes al comité.
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Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones.
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Propiciar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del comité.
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Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informarle las decisiones tomadas al respecto.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
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Elegir libremente a sus representantes al comité paritario de salud ocupacional.
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Informar al comité las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional de la empresa.
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Cumplir con las normas de salud ocupacional, reglamentos e instrucciones de Servicio ordenados por el empleador
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